Sustituciones

Ofrecemos la posibilidad de contar con procuradores sustitutos para que acudan a las vistas en las que el procurador principal no pueda acudir.

El precios del servicio asciende a 55 + IVA – IRPF y la sustitución debe encargarse con al menos 4 días de antelación a la celebración de la vista mediante envío de correo a diego@procuradoresgalicia.es

LE OFRECEMOS REALIZAR UNA SUSTITUCIÓN EN LA QUE UN PROCURADOR REALIZARÁ POR USTED LA VISTA DE UN JUICIO, YA SEA ESTE DE ÁMBITO CIVIL, ORDINARIO O VERBAL, O DE CUALQUIER OTRO ORDEN JURISDICCIONAL.

¿Dónde actuamos?

En estos momentos tenemos servicio de sustituciones en los partidos judiciales de las provincias de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.

¿En qué consiste el servicio?

Al contratar este servicio usted tendrá derecho a que un procurador colaborador de procuradoresgalicia.es le sustituya y actúe en su lugar en la celebración de la vista de un juicio. El procurador que le sustituya se ajustará a sus instrucciones, limitando su participación a lo indicado por el procurador principal del proceso.

El servicio se orienta a actos cuya duración aproximada sea de una hora.

El servicio de sustituciones se presta bajo la responsabilidad del procurador designado para la sustitución que es quien deberá emplear la diligencia exigible a la colaboración entre compañeros.

¿Cual es el precio?

El precio de la sustitución de un procurador en la celebración de una vista son 55€ más el 21% de IVA (11,55€) menos el 15% de retención de IRPF (8,25€). El total a abonar son 58,30€.

La retención de IRPF que usted practica deberá incluirla en su declaración trimestral en el modelo 111 de la AEAT. Los servicios prestados están sujetos a retención de IRPF puesto que son prestados a profesionales.63.60€

¿Es procurador el sustituto?

Su servicio de sustitución siempre será atendido por un procurador colegiado o habilitado para actuar en el partido judicial en el que se desarrolla la vista.

¿Quién da las instrucciones al sustituto?

Usted, siempre y en todo caso. Una vez recibido el pago y conocido el asunto en el que necesita ser sustituido pondremos a nuestro colaborador en contacto con usted para que pueda ampliarle las instrucciones necesarias al caso.

¿Qué garantías tiene el servicio?

Aunque usted haya realizado el pago, el sustituto procurador no cobra el servicio hasta que éste está realizado.

¿El sustituto debe informar del resultado de la gestión realizada en sustitución?

Sí, deberá enviar un pequeño resumen en el que informe del resultado y en su caso de las incidencias.